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FORMACION - copiar

La salud
no se debate.

La prevención te salva

Condenada una empresa por mandar correos y tareas a un jefe de baja para hacer desde casa.

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Constituye una clara violación de su derecho a la protección de la salud y tras soportar esta presión y conflicto con la dirección, acabó siendo despedido.  

¿Presionar al trabajador para que haga tareas desde casa durante la  baja es acoso? El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en una  reciente sentencia, ha entendido que sí. Y ha condenado a una empresa  por ello.

En el caso en cuestión, mientras el empleado estaba de baja médica,  la empresa no solo le envió correos electrónicos solicitando diversa  información de manera frecuente y sobre temas complejos, sino que  también mantuvo conversaciones telefónicas en las que menospreciaba  claramente su situación, privándole de la tranquilidad y el descanso  necesarios para su recuperación. Este menosprecio y vulneración se  intensificaron cuando se le exigió hacer las rentas, se le preguntó cuál  era el problema por estar de baja y se insinuó que, por su baja, se  desentendería de todo.

Según la Sala, estas conversaciones revelan que la intención era que  el trabajador siguiera prestando servicios desde casa, a pesar de su  situación médica, acreditada por un facultativo mediante el parte de  baja correspondiente.

Acoso

El acoso laboral exige hostigamiento, persecución o violencia  psicológica que sea objetiva, real, intensa y prolongada o reiterada,  destinada a dañar psíquica o moralmente al integrante de la plantilla,  marginándolo de su entorno laboral y provocando daños psicológicos o un  riesgo potencial.

Un trabajador de baja médica que sufre un cuestionamiento continuo e  irrazonable, con la intención de crear un clima laboral hostil, agravado  por su puesto de responsabilidad y acompañado de faltas de respeto,  trato incorrecto, insultos, lenguaje inadecuado y recordatorios  humillantes de su condición, ve vulnerado su derecho a la dignidad.

La presión para que trabajara durante su baja, en lugar de recuperar  su salud, también constituye una clara violación de su derecho a la  protección de la salud, ya que el empleado, tras soportar esta presión y  conflicto con la dirección, acabó siendo despedido.

Ante la vulneración de los derechos fundamentales del incorporado, es  necesaria la declaración de nulidad del despido como consecuencia del  comportamiento empresarial.

https://noticias.juridicas.com/la-sentencia-de-la-semana/sentencias/20312-condenada-una-empresa-por-mandar-correos-y-tareas-a-un-jefe-de-baja-para-hacer-desde-casa/ 

FUENTE: NETRISK