El INSST actualiza la Guía Técnica sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo.
El Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo transpone al ordenamiento jurídico español la Directiva 92/58/CEE del Consejo, de 24 de junio, que establece las disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
La Guía se elaboró en 1999, posteriormente se actualizó en 2009 y la edición actual de 2023, incorpora los cambios normativos y avances técnicos producidos desde el año 2009.
La guía se estructura en tres grandes bloques: articulado, anexos y apéndices.
- El primero de ellos corresponde a las obligaciones de la empresa en relación con la señalización de seguridad y salud.
- En el segundo bloque, formado por los anexos del real decreto, se aclaran los requisitos y condicionantes que debe cumplir la señalización utilizada en los lugares de trabajo en función del tipo de señal que se trate.
- En el último de los bloques, constituido por dos apéndices. El primer apéndice, completamente nuevo, surge a consecuencia de la publicación de las Directrices no vinculantes relativas a la Directiva 92/58/CEE – Señalización de seguridad y de salud en el trabajo. En el segundo, se recogen aspectos relativos a la señalización de las unidades de transporte de mercancías peligrosas.
Para acceder a la Guía Técnica: https://www.insst.es/documents/94886/203536/Gu%C3%ADa+T%C3%A9cnica+sobre+se%C3%B1alizaci%C3%B3n+de+seguridad+y+salud+en+el+trabajo+-+A%C3%B1o+2023.pdf/9618303b-57f2-d0bb-ef79-e644e5427df9?t=1698134324417
Fuente: PRL UGT ARAGÖN

