TRABAJOS EN ALTURA, CON SEGURIDAD EVITAMOS ACCIDENTES
El pasado 5 de septiembre, tuvimos que lamentar en Tenerife tres accidentes de trabajo mortales, dos de ellos por caída en altura (desde el techo de una nave industrial y desde una antena de comunicaciones). Otras islas de nuestra comunidad también se vieron afectadas por la misma tragedia, fallece un trabajador al caerse de varios metros de altura en una obra en El Hierro, el 3.3.23, el 12.4.23 en La Palma un trabajador queda en estado crítico tras precipitarse por barranco y el 1 de agosto otro accidente muy grave en Lanzarote por caída desde escalera telescópica.
Todos los accidentes de trabajo son evitables y desde UGT ponemos de relieve la necesidad de que las empresas inviertan en materia de prevención de riesgos laborales (CONCIENCIACIÓN, FORMACIÓN, EQUIPOS DE TRABAJO HOMOGOLADOS Y SEGUROS, PROTECCIONES COLECTIVAS Y EPI).

¿Qué se entiende por Trabajos en Altura?
Aquellos trabajos que son realizados a una altura superior a 2 m
Ej: trabajos en andamios, escaleras, cubiertas, postes, plataformas, etc., así como trabajos en profundidad, excavaciones, pozos, etc.
Son numerosas las actuaciones que requieren la realización de trabajos en altura tales como tareas de mantenimiento, reparación, construcción, restauración de edificios, montaje de estructuras, limpiezas especiales, etc.
Obligaciones del empresario
La Ley 31/95 de Prevención de riesgos laborales indica que el empresario debe garantizar la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio (art. 14).
El empresario debe identificar debidamente los trabajos en altura a desarrollar en la empresa o fuera de ella antes de comenzar, así como prever con suficiente antelación la realización de estos trabajos para tareas de montaje, mantenimiento, reparación, control, etc., intentando exponer al menor número de trabajadores y dando preferencia a aquellas técnicas que no impliquen la exposición a los trabajadores a las caídas en altura. Identificar, evaluar, gestionar.
- ¿Son adecuadas las condiciones del lugar de trabajo para un acceso y una realización de trabajos en altura de manera segura?
- ¿Están mis trabajadores protegidos y capacitados para realizar el trabajo?
- ¿Cumple mi empresa con la legislación vigente?
Medidas Preventivas:
Previo al comienzo de la realización de los trabajos en altura, el empresario debe dar formación teórico práctica a los trabajadores en trabajos en altura y establer un PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO que tenga en cuenta los siguientes aspectos:
⌲ El acceso debe quedar limitado a aquellos trabajadores autorizados formalmente por la empresa, con formación (teórica y práctica) de los riesgos y medidas preventivas que le afectan e información correspondiente, además de disponer del apto médico específico para la realización de los trabajos.
⌲ Se debe disponer de los medios técnicos, materiales y humanos necesarios. Deben prevalecer las protecciones colectivas y en caso de que estas no sean posibles o eficaces, entonces se emplearán equipos de protección individual, pautando los más adecuados para el trabajo a realizar.
⌲ Debe prever las posibles actuaciones en caso de emergencia, rescate o salvamento.
⌲ Presencia de Recurso Preventivo, que supervise los trabajos en altura
Obligaciones del trabajador:
Los trabajadores tienen la responsabilidad de velar por su salud y la de los compañeros y en caso que el trabajo no cumpla con todas las medidas de prevención de riesgos laborales, comunicarlo a su responsable, compañeros y representante de los trabajadores para que se paralice la actividad hasta que se pueda realizar de forma segura.
Los trabajadores debe realizar la formación teórico práctica previamente, pasar los reconocimientos médicos iniciales y periódicos, si son trabajadores vulnerables deben comunicarlo a la empresa para poder ponerlo en conocimiento de los médicos del trabajo del Servicio de Prevención Ajeno por si pudieran ser NO APTOS para trabajar en altura, verificar que existen protecciones colectivas en buen estado y colocarse todos los EPI para el trabajo que realizan: casco, calzado de seguridad, arneses anticaídas,...
Imprescindible para evitar accidentes en trabajos en altura:
En resumen,:
- Procedimiento de trabajo
- Elección de equipos de trabajo seguros y homologados, protecciones colectivas y EPI (equipos de protección individual) adecuados al trabajo.
- Formación teórica y práctica de trabajo en altura que permita al trabajador poder enfrentarse de manera eficaz y segura, a los riesgos derivados de los trabajos en altura, mediante el conocimiento y dominio de técnicas de acceso y posicionamiento.
- Reconocimientos médicos iniciales y periódicos con certificado APTO para trabajos en altura.
- Presencia de Recurso Preventivo
- Paralización de la actividad si no se cumplen las medidas de seguridad y protección
Los sistemas de protección y prevención para trabajos en altura son diversos. Su elección depende de las condiciones del trabajo a realizar y del entorno en las que se desarrollan.
⌲ Prevención:
Sistema de sujeción
Sistema de retención
⌲ Protección:
Sistema anticaída
Sistema en suspensión
⌲ Salvamento:
Sistema de salvamento
Desde UGT queremos recordarles que:
TRABAJAMOS PARA VIVIR, NO PARA PERDER LA VIDA
FUENTE:
Imagen: https://icei-formacion.com/cursos/trabajos-en-alturas-teoria-online-barcelona-3

