RECLAMAR Y BUSCAR APOYO

En la Asesoría de Prevención de Riesgos Laborales de UGT Canarias, nos encontramos cada día con muchos trabajadores que tienen problemas con la empresa a la hora de que se les de volante de asistencia a la Mutua o están disconformes con la atención recibida en ella.
En primer lugar, vamos a explicar algunos conceptos importantes:
- Mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: Su principal función es gestionar las llamadas contingencias profesionales: accidente de trabajo y enfermedad profesional.
- Accidente de trabajo: Toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo, bien sea por cuenta ajena o propia, incluidos los daños psicológicos debidos a agresiones y amenazas (Código 110 del parte de accidente Delt@). Los datos del accidente de trabajo se recogen en un formulario denominado Delt@. También se considera accidente de trabajo:
- Los que sufra el trabajador al ir o volver del lugar de trabajo (accidente in itinere, o durante su trabajo accidente in misión)
- Los que sufra el trabajador con ocasión o como consecuencia de ejercer su trabajo de caractér sindical (Delegados/as de personal y Delegados/as de Prevención).
- Los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que, aún siendo distintas a las de su categoría profesional, ejecute el trabajador en cumplimiendo de órdenes del empresario o espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa.
- Los acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando tengan conexión con el trabajo.
- Las enfermedades, no incluidas en el cuadro de enfermedades profesionales, que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la realización del mismo.
- Las enfermedades padecidas con anterioridad por el personal trabajador, que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva de accidente.
- Las consecuencias del accidente que resulten modificadas en su naturaleza, duración, gravedad o terminación, por enfermedades intercurrentes, que constituyan complicaciones derivadas del proceso patológico determinado por el accidente.
- Enfermedad profesional: aquella contraida a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena o propia recogidas en el R.D. 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales o derivado de alguna sentencia.
Cuando los trabajadores pierden la salud por causas del trabajo en cualquiera de las situaciones expuestas, tiene que acudir a la Mutua con el volante de la empresa. Si están disconformes con la atención recibida deben pedir la HOJA DE RECLAMACIONES oficial, la del Gobierno de Canarias.
La Mutua está obligada a tener un cartel informativo sobre la existencia de hojas de reclamaciones al servicio del usuario y en papel la hoja de reclamaciones del Gobierno de Canarias.
No deben rellenar un folio en blanco ni que les obligen a hacer la reclamación on line o hoja de reclamación con el logotipo de la Mutua, esa es de caractér interno para ellos. La que defiende realmente la reclamación del usuario es la hoja del Gobierno de Canarias.
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La HOJA DE RECLAMACIONES DEL GOBIERNO DE CANARIAS, dispone de original y dos copias, viene numerada y es gratuita.
El original se lo queda el trabajador, una copia la Mutua a la que se reclama y otra copia el preséntela en la Oficina Insular o Municipal de Información al Consumidor ó en la Dirección General de Consumo (Cabildo), quien hará de interlocutor entre las dos partes.
En ella se debe escribir, con letra lo más clara posible los siguientes datos:
- Nombre, apellidos.
- Domicilio
- Número de DNI/NIE o pasaporte de quien realiza la denuncia.
- Es muy importante poner la fecha y la hora en que han sucedido los hechos.
- Hay un espacio destinado a especificar de forma concisa los motivos de la queja.
- Si tiene documentos que pueden servirle de prueba, puede adjuntarlos a la hoja blanca a la hora de remitirlos o llevarlos al Servicio de Consumo de la Administración autonómica (Cabildo).
Se pueden enviar por sede electrónica con certificado digital .
También pueden pedir apoyo del sindicato. Para ello, pueden canalizarar su reclamación a través de su Delegado/a de Prevención o acudirán directamente al sindicato para que le atendamos los/as técnicos/as de Prevención de Riesgos Laborales, donde disponemos de protocolo de actuación y de mecanismos de interlocución con las diversas Mutuas. El trabajador/a aportará al sindicato toda la información relevante para facilitar la elección del modo más apropiado de actuación.
CONSEJO: Haga valer sus derechos como consumidor y haga uso de las HOJAS DE RECLAMACIÓN del Gobierno de Canarias, siempre que así lo considere oportuno.
Antes de iniciar el proceso, intentaremos solucionar el problema de forma amistosa con el responsable del establecimiento o través de su departamento de atención al cliente.
FUENTE: https://www.gobiernodecanarias.org/principal/sugerenciasyreclamaciones/

