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Los Accidentes de Trabajo durante la pausa del bocadillo son accidentes de trabajo

El Tribunal Supremo ha unificado doctrina y confirma que si una persona sale de su trabajo durante una pausa, se va a un bar a merendar y se cae por el camino, dicha caída tiene la consideración (y protección adicional) de un accidente laboral.

Así lo ha dictaminado en una reciente sentencia, en la que los altos magistrados consideran que el siniestro tiene categoría de 'in itinere', que califica aquellos siniestros que tienen lugar en los desplazamientos de casa al trabajo, del trabajo a casa o, como confirma con este último fallo, durante las pausas. En España hubo en 2022 un total de 79.551 trabajadores que tuvieron un accidente 'in itinere' y causaron baja médica.

El Supremo falla a favor de una trabajadora de Málaga, que aprovechando una pausa durante su jornada laboral salió a un bar ubicado a unos 60 metros de su centro de trabajo y antes de llegar al mismo se cayó, causando baja por incapacidad temporal. Y rechaza las alegaciones de la mutua Asepeyo, que pretendía que fuera la Seguridad Social y no ellos quien asumiera parte de los costes de la baja.Qué es y que no es un accidente de trabajo es objeto de recurrente interpretación en los tribunales. Y el Supremo ha unificado su doctrina en materia de pausas, en este sentido. La popularmente conocida como 'pausa del bocadillo', un descanso regulado en gran cantidad de convenios colectivos y que reserva un tiempo de descanso a lo largo de la jornada laboral para que los trabajadores paren y reposen, es también tiempo de trabajo. Aunque propiamente los empleados en ese momento no estén activamente trabajando, sino reponiendo fuerzas para seguir haciéndolo tras ese descanso pactado.