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UGT conmemora el Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo

patricia ruiz 28a

El sindicato ha pedido la aceleración del trámite parlamentario para ratificar la modificación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales aprobada hoy en el Consejo de Ministros

 La Unión General de Trabajadoras y Trabajadores ha celebrado, con  motivo del Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo, unas  jornadas bajo el nombre “Este 1º de Mayo, UGT exige salud. La Ley no nos  protege, el Siglo XXI exige cambios”. En las jornadas, celebradas en  Alcalá de Guadaira, Sevilla, se ha recordado a las víctimas de  accidentes laborales y enfermedades profesionales y se ha puesto de  manifiesto la necesidad de abordar cuestiones como la prevención del  suicidio en el ámbito laboral y el reconocimiento del cáncer de origen  laboral. 

En la semana que se celebra el 1º de mayo, UGT ha querido recordar  que la prevención debe ser una pieza fundamental en la mejora de los  derechos de la clase trabajadora y que urge la actualización de una ley  de Prevención de Riesgos Laborales, que se aprobó hace más de 30 años y  que, sin duda, no contempla muchos de los nuevos riesgos a los que están  expuestas las personas trabajadoras. 

Precisamente hoy, el Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto  de Ley, que recoge el acuerdo alcanzado en materia de prevención de  riesgos laborales por el Gobierno y los sindicatos para la modificación  de la actual Ley de Prevención de Riesgos Laborales y del Reglamento de  los Servicios de Prevención. Más de 700 personas están muriendo en  accidente de trabajo cada año, y ello hacen que la actualización de  dicha ley sea una obligación de la sociedad en su conjunto. 

El texto, que ahora comenzará su trámite parlamentario, pretende  adaptar la normativa a la nueva realidad del mercado de trabajo, ya que  dota de perspectiva de género y edad a la gestión preventiva y se  abordan los desafíos que conllevan las transiciones digital, climática y  demográfica desde un enfoque amplio e integral. A este respecto, obliga  a revisar la evaluación de riesgos en los casos de cambios en las  condiciones de trabajo que supongan la aparición de nuevos riesgos,  incluidos los derivados del cambio climático, de la digitalización o de  las nuevas formas de organización de trabajo. Además, con la  modificación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales se alcanzará  una mejora en la gestión de los riesgos psicosociales de origen laboral,  ya que fomenta las evaluaciones de riesgos psicosociales. Otra novedad  es que la vigilancia de la salud, además de incluir el estado físico,  también debe contemplar el estado mental. 

Por otro lado, se incluye la definición de violencia y acoso laboral  en línea con el C190 de la OIT, ratificado por España. En esta  definición se establece que dichas conductas pueden suceder una sola vez  o de manera reiterada e incluye la realizada a través de las nuevas  tecnologías o por uso de algoritmos o IA. Además, se incluye el  compromiso del Gobierno de aprobar una norma para la gestión de los  riesgos psicosociales de origen laboral, como ya existe para otros  riesgos. 

Respecto a la digitalización, además, especifica que en la evaluación  de riesgos se deben incluir los factores de naturaleza organizativa, es  decir, aquellos relacionadas con las condiciones de trabajo, las  características de la tarea y la organización del tiempo de trabajo,  entre otros, y se incluye el derecho a la desconexión digital. Para  abordar los riesgos laborales derivados del cambio climático, el  Anteproyecto de Ley establece que entre las medidas de emergencia se  deben contemplar la actuación frente a catástrofes y otros fenómenos  meteorológicos adversos y, además, se amplía la definición de riego  grave e inminente.  En cuanto a los riesgos derivados de la transición  demográfica, el texto dota de perspectiva de edad a la gestión  preventiva. Esto va a permitir adaptar el trabajo a la persona. Además,  se establecen las actividades prohibidas a menores de edad, entre los  que se encuentran aquellas que impliquen exposición a actos o  representaciones de carácter pornográfico o violento o trabajos que  superen objetivamente las capacidades físicas o psicológicas de los  menores.

La modificación normativa dota también de perspectiva de género,  promoviendo la eliminación de desigualdades entre hombres y mujeres en  el ámbito preventivo. Además, se refuerza la protección de las mujeres  embarazadas o en periodo de lactancia natural ya que, entre otros, se  establece la obligación de realizar una evaluación específica una vez  comunicado el embarazo, en la que se tengan en cuenta tanto las  condiciones de trabajo existentes como el estado de salud.

En cuanto a los cambios que afectan a la gestión preventiva, se  elimina la posibilidad de que el empresario/a asuma personalmente la  actividad preventiva en empresas de hasta 25 personas trabajadoras,  reduciéndose a 10 personas en plantilla; se refuerza la figura del  trabajador designado y se reduce la ratio de plantilla para que las  empresas tengan obligación de constituir un servicio de prevención  propio. También se incluyen los protocolos de adaptación al puesto de  trabajo tras ausencia prolongada por motivos de salud, en los que  deberán recogerse las adaptaciones que deban realizarse para la  reincorporación, así como la actualización de la formación preventiva en  casos de ausencias superiores a 6 meses. 

En cuanto a la formación en materia preventiva, se refuerzan tanto la  presencialidad y los contenidos y se incluye la bonificación de la  formación obligatoria de PRL a las empresas de menos de 10 personas  trabajadoras. Para ayudar a integrar la cultura preventiva en las PYMES,  se crea la figura del Agente Territorial de Prevención, con funciones  en empresas que tengan menos de 10 personas trabajadoras y que no tengan  representación legal de las personas trabajadoras. Además, se aumenta  el crédito horario de los delegados y delegadas de prevención en un 20% y  se reconoce el derecho a consulta sobre la elección de la Mutua y del  Servicio de Prevención Ajeno.

UGT considera inaplazable que en este 2026, declarado como año de la  Seguridad y Salud en el Trabajo, se apruebe la reforma de la Ley de  Prevención de Riesgos Laborales. La sociedad y la clase trabajadora lo  necesita urgentemente, por lo que el sindicato pide al conjunto de  fuerzas políticas que debatan anteponiendo la seguridad y salud de la  clase trabajadora sobre otro tipo de criterios. La protección de la  salud y de la vida en el trabajo están en riesgo. La nueva Ley debe  adaptarse a los nuevos tiempos y proteger a quien cada día sale a  ganarse la vida.

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FUENTE: UGT