Confirman la incapacidad absoluta a una trabajadora informática de 37 años por “acreditar sobradamente” agotamiento físico y mental
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha confirmado la resolución de declaró la incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad común a una mujer de 37 años con fatiga crónica. Asimismo, reconoce el pago de una pensión vitalicia equivalente al 100% de la base reguladora de 2.773,76 euros más las revalorizaciones a las que tenga derecho.
«Según la resolución, la afección había llegado a ser tan severa que le impedía realizar cualquier actividad diferente al propio autocuidado»
El caso se originó el 23 de marzo de 2023 cuando el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) determinó que la mujer, auxiliar administrativa con tareas informáticas, padecía una encefalomielitis miálgica que le provocaba fatiga extrema, niebla mental, cefaleas y fotofobia, limitando considerablemente su capacidad para trabajar. El Instituto Nacional de la Seguridad Social rechazó que sus dolencias fueran invalidantes pero un juzgado Social de Ciudad Real dictó sentencia el 23 de octubre de 2024 declarando a la demandante afecta a una incapacidad en grado absoluto.
Ahora, la Sala de lo Social recuerda que el juzgador de instancia asumió las conclusiones expuestas por el perito en la vista, manifestando que la mujer había llegado a un extremo de afectación severa dado que no podía salir de casa ni conducir, padeciendo un “agotamiento físico y mental que le impedía realizar cualquier actividad diferente al propio autocuidado”. Por ello, el tribunal considera que la actora ha acreditado “sobradamente” encontrarse impedida para la normal ejecución de una actividad profesional “con la dedicación, constancia y esfuerzos precisos para su correcto y regular desarrollo”.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.
Desde UGT CANARIAS nos hacemos eco de esta noticia porque aunque la sentencia no sea aún firme, visibiliza un problema realmente importante en España y en Canarias como es el síndrome del quemado o burnout.
El síndrome de la persona quemada, o burnout, es un estado de agotamiento crónico físico, emocional y mental, cuyas principales causas son:
- La sobrecarga de trabajo entendida, no sólo, como cantidad sino también como complejidad del trabajo.
- La disonancia entre las expectativas creadas sobre el trabajo y sus condiciones.
- La falta de reconocimiento e incentivos ante un buen trabajo realizado.
Asimismo, suele darse más frecuentemente en aquellas profesiones donde los trabajadores y trabajadoras están en frecuente contacto con otras personas como ocurre en sanidad, docencia, en servicios de asistencia social, si bien, es cierto que también puede producirse en otros sectores profesionales como son los servicios de emergencia y fuerzas de seguridad, en la hostelería o en sectores de neurología o psicología debido a la sobrecarga de trabajo.
Pero esta noticia no sería tan destacable para nosotros si no fuera, por que según estudios recientes, Canarias se sitúa como la tercera Comunidad Autónoma con mayor porcentaje de empleados que sufren estrés laboral de forma habitual, siendo dicho porcentaje de un 24,3%, es decir, que casi 1 de cada 4 empleados en Canarias se sienten frecuentemente o de manera constante estresado, frente al 21, 2% de empleados que se sienten a nivel nacional.
Si descendemos un poco más, según las estadísticas de 2025 y 2026, se revela un mayor concentración del síndrome del quemado (burnout) en ciudades con alta actividad de servicios y presión demográfica. Según el Informe BUrnout de Unobravo, Las Palmas de Gran Canaria es la ciudad con mayor riesgo de España. El 70% de sus trabajadores declara haber sufrido agotamiento y un 50% se siente estresado con frecuencia.
Teniendo en cuenta esta realidad, así como tanto las principales causas, ya citadas en la presente noticia, como aquellos factores que inciden en la aparición del síndrome del quemado (individual y organizacional), para UGT CANARIAS debe ser una prioridad que desde las organizaciones empresariales se articulen medidas que incidan tanto en aquellas causas de carácter organizacional como puede ser la sobrecarga de trabajo, estableciendo objetivos realistas, dimensionado correctamente la plantilla en función de la carga y los ritmos de trabajo, entre otras medidas, como en los factores de carácter individual para lo cual se requiere dotar al personal de cada empresa de herramientas que les ayude a gestionar situaciones de estrés o ansiedad, situaciones de conflictividad o a manejar de mejor manera, sobre todo, en aquellos sectores donde se trabaje en un contacto directo y frecuente con otras personas, la distancia emocional.
Sin embargo, sería una torpeza, obviar que una organización empresarial se forma,entre otras cosas, por un conjunto de personas y en ese sentido es importante, también, actuar en que la forma de trabajar fomente más el trabajo en equipo que la competitividad exacerbada entre compañeros, así como facilitar a los mandos intermedios y jefes mecanismos de liderazgo adecuados.
Fuentes: Poder Judicial, Randstad, Unobravo

