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La salud
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La prevención te salva

Las catástrofes climáticas no pueden suponer un riesgo laboral

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Urge incorporar la protección a los efectos derivados del cambio climático con protocolos y medidas en los centros de trabajo

 El cambio climático es una realidad que ya está afectando a las  condiciones de trabajo y a la seguridad de las personas trabajadoras.  Para UGT esto no es solo un reto en términos de prevención de riesgos  laborales, sino que es una clara llamada a la acción para alcanzar  lugares de trabajo seguros y saludables.

Desde el inicio del  nuevo año, sucesivas borrascas han ido azotando España de forma tan  intensa que se están batiendo records históricos en muchas de las  regiones. La última de ellas, la borrasca Leonardo, está provocando un  temporal de lluvias y viento de intensidad extraordinaria y sin  precedentes en amplias zonas con desbordamientos de ríos y miles de  evacuaciones preventivas, carreteras cortadas y comunicaciones  interrumpidas, sin olvidarnos de la suspensión de las clases escolares.

Desde  UGT venimos alertando desde hace años que se deben adaptar las tareas a  las nuevas condiciones climáticas y también se debe reforzar la gestión  preventiva. En la actualidad millones de personas trabajadoras se  exponen cada día a distintos riesgos climáticos. 

En España se  aprobaron el RDL 4/2023 y RDL 8/2024 que incorporan obligaciones de las  empresas y derechos de las personas trabajadoras ante la realidad  climática, pero las empresas no están cumpliendo de manera eficiente ni  en la protección, ni en la información que deben aportar a las personas  trabajadoras.

La nueva Ley de Prevención de Riesgos Laborales que  debatirá el Parlamento en los próximos meses deberá contener la  obligación de protocolos más específicos sobre esta materia que, sin  duda, salvará vidas ante las catástrofes naturales.  

La  actualización de la Ley, además, beneficiará a la protección de la  seguridad y salud de las personas trabajadoras, reducirá los accidentes  de trabajo y garantizará entornos de trabajo seguros y saludables en  línea con la Declaración de la OIT sobre los principios y derechos  fundamentales en el trabajo.

Desde el Sindicato recordamos que  existe un permiso remunerado de hasta 4 días si no es posible el acceso  al centro de trabajo por situaciones meteorológicas adversas o si el  acceso implica un riesgo grave e inminente para las personas  trabajadoras.

Además, los trabajadores y trabajadoras tienen derecho  al trabajo a distancia, si este fuera posible, cuando acudir al trabajo  suponga un riesgo grave e inminente. Igualmente, tienen derecho a ser  informados de las medidas previstas en caso de emergencias y no pueden  sufrir perjuicio alguno por proteger su seguridad, incluso con la  posibilidad de detener la actividad si es necesario. 

Recordamos  la obligación empresarial de evaluar la exposición a riesgos  relacionados con fenómenos meteorológicos adversos, así como de aplicar  las medidas preventivas necesarias. Si no se puede garantizar la  protección, se prohibirá el desarrollo de determinadas tareas durante  las horas en las que concurran fenómenos meteorológicos adversos. En  caso de alerta naranja o roja es obligatorio adaptar las condiciones de  trabajo pudiendo modificarse la jornada laboral. Además, los convenios  colectivos deberán incorporar protocolos de actuación específicos para  prevenir riesgos asociados a fenómenos meteorológicos adversos y  catástrofes.

Desde UGT hacemos un llamamiento a todas las  personas trabajadoras. Ante los riesgos climáticos no arriesgues tu  vida, exige tus derechos.

FUENTE: UGT